3-Al ampliar su declaración indagatoria, la imputada negó el hecho y manifestó que el intento de revinculación falló por la negativa de sus hijos de tener contacto con su padre; esto independientemente de considerar a Charpentier como una persona peligrosa, además aseguró haber cumplido con los requerimientos judiciales. Insistentemente la imputada manifestó que su hijo fue abusado," yo entré al baño y vi al padre chupándole el pito a mi hijo" sic y que el querellante fue absuelto pese a que su hijo K contó lo sucedido en Cámara Gesell. Que sin perjuicio de ello, llevó al menor a
ESTE HECHO NO SOLO NUNCA OCURRIO,SINO QUE ES LA PRIMERA VEZ EN DIEZ AÑOS QUE MENCIONA UN EPISODIO SEMEJANTE. NOTAR QUE PARA LA IMPUTADA YO SOY UNA PERSONA PELIGROSA Y YA ESO ALCANZA, SU VALORACION ES LA QUE VALE.
Recordemos que los motivos por los cuales el defensor de los menores solicitó la ingerencia en el proceso de un Tutor obedece a que ninguno de los progenitores esta en condiciones de gestionar los derechos de sus hijos (fs.200/201).
NINGUNO ESTA CAPACITADO PERO LA MADRE NO SOLO LOS TIENE SINO QUE ESTA CAPACITADA PARA SABER SI LOS HIJOS QUIEREN VERME O NO Y DECIDIR POR ELLOS QUE SOY UNA PERSONA PELIGROSA. SU JUICIO ES PERFECTO
Lo mas importante es que los menores K y J no quieren ver a su padre y esto no obedece a un obrar doloso de la imputada sino a un problema familiar que la excede y que involucra tanto al padre como a los hijos.
¡¡¡ELLA MISMA LO GENERO Y SIN EMBARGO LA EXCEDE !!! YA SABEN: SI LE ENSEÑAN A SU HIJO A ROBAR NO SON CULPABLES DE NADA, EL ROBAR ES DECISION DE ÉL.
En tal sentido "La convención de los derechos del niño, ratificada por la ley 23849 e integrada a nuestra Constitución Nacional por el art. 75, inciso 22, en su artículo 9no. Inc. 3 indica que " los Estados parte respetaren el derecho del niño que este separado de uno o ambos padres de mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello es contrario al interés superior del niño"
¡¡¡¡COMO!!!!?? ¿¿QUE TENGAN CONTACTO CONMIGO ES CONTRARIO AL INTERES SUPERIOR DEL NIÑO A PESAR DE HABERSE PROBADO LA FALSA DENUNCIA DE ABUSO QUE FUE PERPETRADA PARA LOGRAR LA DESVINCULACION???
Recuérdase que aunque inicialmente el Dr. Gusella reconoció que el proceso podía implicar un alto costo emocional para los niños y consideró conveniente asumir ese riesgo con miras a resolver el conflicto e intentar un proceso de revinculación, años más tarde y tras los sucesivos fracasos, concluyó que debía suspenderse hasta tanto se realice una pericia psiquiátrica al querellante para que se acredite "su sanidad y su falta de peligrosidad no sólo para sus hijos sino para su entorno familiar a quien hostiga permanentemente (FS. 761).
MENTIRA: NUNCA SE ME PIDIO UNA PERICIA SIQUIATRICA SINO UN SICODIAGNOSTICO Y LUEGO SE DECIDIO LA REVINCULACION PORQUE NO ERA PELIGROSO. NUNCA HOSTIGUE A MI FAMILIA NI A NADIE Y EL TUTOR NUNCA DIJO NADA DE ESTO QUE FIGURA AQUÍ. ES UN INVENTO DEL JUEZ.
ADEMAS CON GUSELLA HUBO UN SOLO FRACASO. EL UNICO, Y LA MADRE SE REIA Y COMENTABA CON ALEGRIA COMO J NO QUERIA IR CONMIGO A NINGUN LADO,
JUEZ: Gabriel Omar Ghirlanda
Por si cabe alguna duda, estos son los fundamentos de los tres Jueces que me absolvieron:
Es entonces a partir de toda esta evaluación de la prueba que el Tribunal, sin perjuicio de la convicción personal e íntima de cada uno de sus miembros en cuanto a que los hechos de abuso (como tales) no ocurrieron, la solución juridica que se impondrá al juzgamiento es la ya adelantada de la absolución del encausado
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